En el Reglamento de Tránsito Metropolitano que recientemente entró en vigor, en el Capítulo VII Artículo 34 se establece la obligatoriedad del seguro de responsabilidad civil y daños a terceros pero no se establece claramente la sanción por no contar con él. A juicio de especialistas y vinculados con el tema como Antonio Pozzi, Presidente de la Asociación Mexicana de Agentes de Seguros y Fianzas, el Reglamento se presta a confusión. En la mayor parte del mundo existe la obligación de contar con este tipo de seguro a fin de que todos los conductores tengan la posibilidad de responder por daños a terceros y responsabilidad civil. Ya en 1997 siendo Jefe de Gobierno, el primero elegido en comicios en el DF, el Ing. Cuauhtémoc Cárdenas se estableció por parte de la entonces Asamblea de Representantes la obligatoriedad del seguro automotriz de tal suerte que las aseguradoras comenzaron a instrumentar y lanzar al mercado pólizas muy económicas para quienes carecían de seguro pues quien ya tenía una cobertura amplia por ejemplo, cubría con el requisito, pero fue el propio Ing. Cárdenas quien echó atrás la medida argumentando que la misma beneficiaría a las aseguradoras. Se instalaba el populismo en el Distrito Federal.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Gracias por participar.